Neutralidad de Internet
Bloqueo de Contenidos
Conforme a la Ley 679 de 2001 y demás normativas aplicables, no se realiza ningún bloqueo de contenidos, excepto aquellos que deben ser bloqueados por mandato legal, como los relacionados con la pornografía infantil. Este bloqueo se lleva a cabo estrictamente para cumplir con las disposiciones legales y proteger a los usuarios.
Gestión de Tráfico
Súper Redes implementa una gestión de tráfico, que garantiza la NO discriminación respecto de algún proveedor, servicio, contenido o protocolo específico. Por otra parte, Súper Redes tiene implementados procedimientos de detección y mitigación de los efectos de la congestión sobre la red; así como mecanismos que buscan garantizar la seguridad e integridad de la red y el aseguramiento de la calidad del servicio
Acceso y Prioridad
No se impone ninguna limitación al acceso de los usuarios a internet. En concordancia con las regulaciones de neutralidad de la red, no se realizan prácticas de priorización, degradación o bloqueo que afecten a algún proveedor, servicio, contenido o protocolo específico. Se garantiza que cada usuario pueda acceder libremente a cualquier contenido y servicio, promoviendo así una red abierta y sin discriminación.